Continuamos con la sintaxis detallada de los casos. En este caso estudiaremos la sintaxis del acusativo, un caso con multitud de funciones, tanto sin preposición como con diversas preposiciones.
Índice de contenidos:
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Objeto directo
Aparece siempre en acusativo sin preposición. Es el complemento necesario de los verbos transitivos. En latín hay verbos que unas veces funcionan como transitivos y otras como intransitivos, y verbos que son transitivos en latín son intransitivos en español y viceversa, pero, en líneas generales, son verbos transitivos los mismos que en español.
Con verbos impersonales de afecto o sentimiento
La diferencia más significativa está en los verbos de afecto o de sentimiento, bien estén en forma personal o impersonal, pues en ambos casos son transitivos con objeto directo (gaudeo, rideo, fleo…). Sintácticamente, presentan algunas particularidades.
Los verbos impersonales de afecto o sentimiento más frecuentes son: miseret «compadecerse», pudet «avergonzarse» y paenitet «arrepentirse». Estos tres verbos se construyen de la siguiente forma:
- como objeto directo en acusativo, la persona que tiene el sentimiento
- el complemento, que va en genitivo de referencia, indica la causa que ha producido ese sentimiento
Estas construcciones han de adaptarse al español a la hora de traducirlas:
Yo me compadezco de los pobres.
Acusativo interno
Es un tipo especial de objeto directo. Aparece dependiendo de verbos intransitivos que ocasionalmente se convierten en transitivos cuando se les aplica:
- un sustantivo de su misma raíz
Vivir una vida feliz.
- de su mismo significado
Recorrer un largo camino.
- un acusativo del plural neutro de un adjetivo de cantidad.
Equivocarse mucho.
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Acusativo de extensión en el espacio
Aparece siempre sin preposición y puede expresar el espacio recorrido. Depende de verbos de movimiento. La distancia entre dos puntos se expresa mediante los verbos absum o disto.
Este lugar distaba de los enemigos seiscientos pasos.
Las dimensiones de los objetos se pueden expresar con los adjetivos longus, ‑a, ‑um; latus, ‑a, ‑um; altus, ‑a, ‑um; crassus, ‑a, ‑um; estos conciertan con el sustantivo del que se da la dimensión: longitud, anchura, profundidad/altura y grosor/volumen. Las dimensiones de los objetos pueden expresarse de otras formas.
Acusativo de extensión en el tiempo
O acusativo de duración. El valor temporal que expresa en todos sus aspectos es el de la duración en que transcurre un hecho. Generalmente aparece sin preposición.
Permanecí en casa muchos días.
Puede aparecer reforzado por adverbios de tiempo (frecuentemente iam, ante, abhinc) y algunas veces con la preposición per, que suele indicar una duración ininterrumpida.
Acusativo de dirección
Expresa los complementos circunstanciales de lugar «a dónde». Aparece en acusativo sin preposición con nombres de ciudades, islas pequeñas, las palabras humus, domus y rus, y algunas expresiones del verbo eo.
En los demás casos aparece con la preposición ad o in. Con ad se indica el acercamiento a un lugar; con in, la intención de entrar en el lugar.
Acusativo de finalidad
Derivado del acusativo de dirección está el acusativo de finalidad, que indica el objetivo de la acción verbal. Aparece siempre con la preposición ad (muy raramente in). Es muy frecuente con los acusativos del gerundio y gerundivo y del supino.
Estas cosas son muy fáciles para juzgarlas.
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Acusativo de causa
Los complementos circunstanciales de causa, que también pueden expresarse en ablativo, se pueden construir en acusativo con las preposiciones ob o propter.
Los legados de Yugurta respondieron que Hiempsal había sido asesinado por los númidas por su crueldad.
Acusativo instrumental de persona
Los complementos circunstanciales de instrumento se expresan en ablativo sin preposición, pero, cuando el instrumento de la acción verbal es una persona libre, se expresa en acusativo con la preposición per.
El general jefe hacía casi todas las cosas difíciles por medio de Yugurta.
Acusativo de relación
O acusativo griego o acusativo de la parte. Aparece siempre sin preposición y con mucha frecuencia, al traducirlo, hay que adaptarlo al español. Estos acusativos expresan la parte de la persona o cosa afectada por la acción del verbo y, algunas veces, sobre todo a partir de Virgilio, el punto de vista de alguna cualidad expresada por algún adjetivo.
Estos acusativos de relación aparecen frecuentemente dependiendo de participios de perfecto de verbos que significan «herir», «vestir», «adornar» o «golpear» y a menudo tiene que ver con partes del cuerpo.
He aquí, entretanto, que unos pastores dardánidas, con gran griterío, traían ante el rey a un joven con las manos atadas detrás de la espalda.
Aníbal cayó herido gravemente por un dardo en la parte delantera de la pierna.
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Doble acusativo
Se habla de doble acusativo cuando de un mismo verbo dependen dos acusativos sin preposición con funciones sintácticas diferentes. Pueden aparecer de varias formas.
Puede aparecer expresado por dos objetos directos distintos: uno de persona y otro de cosa. Como esta construcción no existe en español, el objeto directo de persona se traduce por objeto indirecto.
(Los verbos que pueden llevarlos son los que significan ‘enseñar’, ‘ocultar’, ‘pedir’, ‘rogar’ o ‘preguntar’. Los verbos que significan ‘pedir’, ‘rogar’ o ‘preguntar’ pueden sustituir el objeto directo de persona por un ablativo con las preposiciones e/ex o a/ab).
El médico ocultó a todos la muerte del rey.
También los verbos que tienen objeto directo y un predicativo de ese objeto directo. Esta construcción depende principalmente de verbos de lengua o entendimiento.
El senado declara enemigos a Manlio y a Catilina.
La tercera posibilidad es aquella en la que aparece un objeto directo y cualquier otro acusativo sin preposición con valor circunstancial, a menudo porque el verbo tiene un preverbio que hace innecesaria la preposición.
El rey envió legados a Roma.
Acusativo exclamativo
Bien solos o acompañados de interjección, los acusativos también se pueden utilizar para expresar una exclamación.
¡Ay, falsa esperanza!
¡Desgraciado de mí!
Acusativo adverbial
Se da este nombre a los adjetivos de cantidad o que expresan idea de orden que van en acusativo singular neutro. Estos adjetivos se utilizan como adverbio.
Algunos ejemplos son multum, paulum, plurimum, primum, secundum, tertium…
Hola Javi estos días me estoy estudiando la sintaxis de todos los casos ya que queda poco para selectividad y quiero pulir mis conocimientos, mi pregunta es: ¿a nivel de bachiller/selectividad se emplean esos términos o con poner CC analizando acusativos de causa, persona, etc, sería suficiente para el nivel que se pide?
Son fáciles de ver la mayoría cuando aparecen en los textos, pero no me gustaría errar en algo que me dé problemas en el examen, de ahí mi pregunta…
Los que tienen un análisis más simple como CC… los puedes poner así directamente (excepto los de extensión, que es mejor si los especificas).
Luego hay otros (p. ej. el de relación) que no tienen un nombre más genérico, por lo que si te salen deberías ponerlo como acusativo de relación, etc.
Hola, Javier:
Si en una oración tengo «ad eum» en el predicado de un verbo transitivo más un directo que pueda traducirse como «enviaron esto a él / para él», ¿ese «ad eum» (preposición + acusativo) lo analizo como CC o como CI?
Muchas gracias.
Un saludo.
He acudido a esta página de los tipos de acusativos, pero no encuentro una explicación ajustada a este caso, ¿puedo encontrarla en algún otro sitio que quizá se me haya pasado?
En el análisis tradicional/estricto, eso es siempre CC, y OI solo puede ser con dativo.
Es cierto que muchas veces es prácticamente lo mismo que un OI, y de hecho de ahí viene la estructura en las lenguas romances para el OI (ad + acusativo).
Hola:
¿En qué categoría metemos el acusativo «apud helvetios» en la frase «Orgetorix nobilissimus et ditissimus apud Helvetios fuit»?
Gracias.
Es un simple CCL. El valor lo da la preposición.
Hola, Javier:
No encuentro una solución razonable al siguiente conflicto con el acusativo: ¿es posible considerar dos OD en «Interrogas me num te ire in exsilium iubeam?», es decir, un OD para el pronombre «me» y otro para la completiva interrogativa?
En fin, que me hubiera resultado más coherente haber encontrado el pronombre personal en su forma de dativo «mihi», y así poder entenderlo fácilmente como el OI que creo que necesita el análisis. ¿Cómo podría valorarse ese «me»?
Gracias.
Un saludo.
Es un simple doble acusativo, en que la completiva hace de OD de cosa y el pronombre hace de OD de persona.
Hola, Javier:
En el fragmento «Equitatus Pompei tria milia passuum a Caesaris peditatu distabat» creo que hay un claro «acusativo de extensión en el espacio» que es «tria milia», en acusativo plural neutro, pero no entiendo de ninguna forma el genitivo «passuum», ¿no debería ir también en acusativo plural, concertando con «tria milia» (> «tria milia passua»)?
Un saludo
Es un genitivo partitivo dependiendo de una cantidad.